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NUEVA LEY ANTI OCUPACIÓN ILEGAL DE VIVIENDAS PRIVADAS (OKUPAS)

ocupación ilegal de viviendas privadas OKUPASEn el BOE DE 12/6/18 se ha publicado la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC 1/2000) en relación con la ocupación ilegal de viviendas privadas (OKUPAS).

Nos congratulamos de que por fin el Legislador establezca un mecanismo ágil y eficaz en la vía civil para que las personas físicas (y entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas) que sean propietarias o poseedoras legítimas de una vivienda, puedan defender su derecho cuando se vean privadas ilegalmente de la posesión de la misma: en el decreto de admisión de la demanda se requerirá a sus ocupantes para que aporten el título que justifique su situación posesoria, si no lo aportaran, el Tribunal ordenará la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante. Y ello, sin olvidar el legislador que el ocupante ilegal pueda encontrarse en situación de vulnerabilidad social, en cuyo caso se regula la obligación de trasladar a los servicios públicos competentes, comunicación sobre la situación del mismo por si procediera su actuación.

La ocupación ilegal no puede habilitar para acceder a la posesión de una vivienda, ni encontrar amparo alguno en el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna, y por ello confiamos en que el legislador termine extendiendo esta protección legal a cualquier legítimo propietario o poseedor de vivienda.

Entretanto, sólo recordar que nuestro despacho tiene años de experiencia en la defensa del derecho de propiedad y posesión, frente a las okupaciones sin título.

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